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Mostrando entradas de marzo, 2024

S.O.A.

El Seguro Obligatorio de Automotores (SOA) por accidentes que causen daños a terceros. Fue establecido en la Ley 18412 en el año 2008. Básicamente esta Ley obliga a todo automotor que circule por la via pública a contar con “seguro obligatorio que cubra los daños que sufran terceras personas como consecuencia de accidente causado por vehículos automotores y acoplados remolcados.” Y también: Prohíbe la circulación de dichos vehículos que carezcan de la cobertura del seguro referido. Link a la Ley con las condiciones del seguro: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18412-2008 Desde el punto de vista de una victima de daño personal en un accidente de tránsito, lo más destacado en esta Ley es que:   si el causante del daño no cuenta con la póliza contratada, igual se puede presentar un reclamo de la siguiente manera: https://www.gub.uy/tramites/reclamos-seguro-obligatorio-automoviles Por consultas:

Tuve un siniestro con daños a mi vehiculo y tengo seguro parcial.

  Cuando tu póliza de es “parcial” (terceros, robo e incendio, por ejemplo). Como no están cubiertos los Daños Propios (los que se cubren en una póliza todo riesgo) la aseguradora no va a intervenir en la reparación de los daños de tu vehículo. Aqui detallamos las posibilidades de reparación si participó un tercero que fue responsable del siniestro Tercero responsable con seguro : Si el responsable fue el tercero y tiene contratado seguro es posible reclamar el daño a la aseguradora del tercero. Es importante tomar en cuenta que el tercero puede tener una póliza contratada, pero esto no garantiza inmediatamente que vaya a tener cobertura (pólizas canceladas por falta de pago, conductor manejando fuera de condiciones, vesiones contradictorias, etc) Esto igual se sabe al momento de presentar el reclamo. ¿cómo hacer el reclamo? Para presentar el reclamo se necesita presupuestar los daños. Por lo general los talleres mecánicos realizan el presupuesto y también presentan el re...